Convenio entre el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma de Andalucía por el que se adscribe una Unidad de la Policía Nacional a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia previsto podrá ser expresamente prorrogado, mediante adenda, por acuerdo unánime de las partes, hasta un máximo de cuatro años adicionales.
Objeto
El presente convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre el Ministerio del Interior y la Junta de Andalucía en materia policial, mediante la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Modificaciones
Cualquier modificación del presente convenio se regirá por lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que establece que, a falta de regulación expresa, requerirá del acuerdo unánime de los firmantes.
Dichas modificaciones deberán realizarse mediante adendas que, una vez firmadas, se inscribirán en el REOICO y se publicarán en el BOE.
Obligaciones económicas
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, en conformidad con la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, asumirá el 50% de las retribuciones básicas, incluidas pagas extraordinarias y retribuciones complementarias. Y atendiendo al principio de eficiencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 7.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, los compromisos serán asumidos con cargo a los presupuestos ordinarios : Capítulo I : Gastos de personal.
La consejería