Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (2020-2022)
Información general
- Sanidad, Presidencia y Emergencias
Orden de 12 de febrero de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior para el período 2020-2022
El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, aprobado mediante Orden de 12 de febrero de 2020, contiene, conforme a lo previsto en el articulo 12 del Reglamento de la LGS, tanto los objetivos estratégicos, que describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del mismo, como las líneas de subvención en las que se concreta, explicitando para cada una de ellas las áreas de competencia afectadas y sectores hacia los que se dirigen las ayudas, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles para su realización y fuentes de financiación y el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones determinando para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan.
Son Objetivos Estratégicos del Plan, a promover a través de las correspondientes Áreas de actuación, los siguientes: 1) Área de Administración Pública: Con carácter general avanzar en la modernización e innovación de la Administración Pública. Este objetivo estratégico debe alinearse con la planificación en materia de recursos humanos, estando prevista la elaboración de un “Plan Estratégico de los Recursos Humanos de la Administración General de la Junta de Andalucía 2020-2030”. Asimismo, a través del Instituto Andaluz de Administración Pública se fomentarán, coordinarán y ejecutarán los planes de formación para el empleo de las administraciones públicas andaluzas, promoviendo la investigación, estudio, información y difusión en temas de interés para las administraciones públicas, en especial de las administraciones y entidades públicas andaluzas. 2) Área de Interior y Emergencias: Con carácter general, todas aquellas actuaciones dirigidas a coordinar la respuesta ante situaciones de emergencia en el territorio de Andalucía, así como el asesoramiento y apoyo técnico a las entidades locales en materia de emergencias y protección civil. Asimismo, las relativas al fomento y divulgación de los espectáculos públicos y actividades recreativas en Andalucía, haciendo una labor más intensa, en la actualidad, de la actividad de fomento en lo concerniente a los espectáculos taurinos. 3) Área de Acción Exterior: La coordinación y asesoramiento de las actuaciones de la Junta de Andalucía en el exterior, asegurando la representación institucional y fomentando la integración de Andalucía en el exterior, la información y formación sobre la Unión Europea, la cooperación con otras regiones y la participación de los andaluces y andaluzas en el mundo. 4) Área de Actuaciones de interés general para Andalucía: En general, fomentar actuaciones de interés general para Andalucía, con el fin de contribuir a la promoción y mejora del conocimiento, identidad y desarrollo de la Comunidad Autónoma. 5) Área de Comunicación Social: El impulso y ordenación del sector audiovisual andaluz, promoviendo la alfabetización mediática. El instrumento fundamental de planificación y materialización de este objetivo será el Plan Estratégico Audiovisual de Andalucía, regulado en el art. 18 de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía, un Plan cuatrienal que incluye en su seno el plan bienal de ordenación e impulso del sector audiovisual andaluz, regulado en el art. 19 de dicha Ley.
Normativa
Evaluación del plan
De conformidad con el artículo 14 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el plan estratégico de subvenciones será objeto de actualización anual con la información relevante. Igualmente se realizará con carácter anual un Informe de Seguimiento que englobe el grado de avance de la aplicación del plan, sus efectos y las repercusiones presupuestarias y financieras. En las actualizaciones del Plan podrán incorporarse y concretarse nuevas líneas de subvenciones que se encuentren dentro de los objetivos estratégicos definidos en el punto 4, quedando su cuantía económica supeditada a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio en que se prevean su implantación. Así, antes del 31 de diciembre de cada año se procederá, por parte del grupo de trabajo y con la coordinación de la Viceconsejería, a elaborar una propuesta de ambos informes que elevará a la persona titular de la Viceconsejería para su aprobación mediante Resolución. Los informes serán publicados tanto en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía como en el sitio web oficial de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, siendo ambos remitidos a la Intervención General de la Junta de Andalucía y al Parlamento para su conocimiento.
La consejería