Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Exclusión. Cuestiona la recurrente la valoración de su oferta conforme a criterios sujetos a un juicio de valor. La mesa de contratación previamente a la interposición del recurso retrotrae el procedimiento de licitación al momento anterior a la valoración de las proposiciones. Para que sea posible la retroacción de actuaciones se precisa una anulación anterior pudiendo ser la retroacción uno de los efectos de aquella. Inexistencia del objeto del recuso. Declaración de concluso. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 190/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Exclusión de la oferta de la recurrente al no justificar la viabilidad de su oferta detectada como incursa en valores anormales o desproporcionados. La recurrente manifiesta que el órgano de contratación aplicó de forma incorrecta los parámetros de detección de ofertas en presunción de anormalidad al no tener en cuenta las reglas aplicables para los supuestos en los que se presenten varios licitadores pertenecientes a un mismo grupo de empresas en los términos previstos en el artículo 149.3 de la LCSP. No se da la circunstancia alegada por la recurrente a la vista del contenido del informe técnico. La recurrente alega que solo se aplicaron las reglas relativas a los grupos de empresas respecto de un lote y no se tuvieron en cuenta con relación a los demás. Análisis de la legitimación de la recurrente teniendo en cuenta que el petitum de su recurso se circunscribe a un único lote. Se inadmite esta pre-tensión y a mayor abundamiento se desestima. Alegación relativa a que la pertenencia a los grupos de empresas debe señalarse en el apartado C de la parte II del DEUC. Esta parte se refiere a la partición de UTES. Análisis de la cuestión. Anexo específico que no consta en el pliego rector del procedimiento ni le es requerido a los licitadores en sede de subsanación. No procede la exclusión por ese motivo al considerar la misma una consecuencia desproporcionada a la vista de las circunstancias concurrentes. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 193/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Plan de igualdad aprobado e inscrito en el REGCON. Ámbito territorial del plan circunscrito a una Comunidad autónoma que es donde radican los dos centros de trabajo de la empresa. El hecho de que el contrato adjudicado vaya a ejecutarse en otro ámbito territorial no determina la ineficacia del plan. No cabe interpretación extensiva o amplia de las circunstancias de prohibición de contratar. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 188/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAcuerdo de desistimiento equiparable al acto finalizador del procedimiento. Impugnación del anuncio de la nueva licitación. El motivo de impugnación versa sobre la falta de justificación del desistimiento por considerar que el motivo aducido no constituye una infracción de carácter insubsanable del ordenamiento juridico. Análisis por el Tribunal: no es posible apreciar la infracción que justificaría el desistimiento ya que la obligación de puesta a disposición para el servicio de un recinto vallado y vigilado para el depósito de los vehículos efectivamente se establecía en el PPT pero el hecho de no figura expresamente en el PCAP no invalida la licitación ni permite justificar el desistimiento. Anulación del acuerdo de desistimiento y de los actos que de el traen causa, y retroacción de actuaciones al momento previo a su dictado. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 189/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Servicio de asesoramiento jurídico y defensa en juicio. Interpretación restrictiva de la redacción de un criterio de adjudicación que es contraria a la realidad de la práctica procesal y al principio de selección de la oferta más ventajosa. Posibilidad de aportar los escritos procesales presentados en el procedimiento judicial finalizado por sentencia que acrediten la intervención del letrado adscrito al contrato licitado. Posibilidad de subsanación para presentación de escritos procesales: no se modifica la oferta pues el documento existe con carácter previo a la licitación. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 181/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación ParcialAdjudicación. Artículo 85 de la Directiva 2014/25/UE. La entidad contratante no ha hecho uso de la posibilidad prevista en el apartado segundo de dicho artículo de rechazar en un contrato de suministro una oferta si la proporción de productos originarios de terceros países, determinada con arreglo al Reglamento (UE) no 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, supera un 50 % del valor total de los productos constitutivos de la oferta. No es posible la igualdad en la ilegalidad. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 183/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónIncidente de ejecución. No pueden estimarse las alegaciones puesto que ha habido una exclusión expresa de su oferta por el órgano de contratación, cuyo motivo, además es la ejecución de la Resolución 67/2024 de este Tribunal cuyo cumplimiento cuestiona. No procede la imposición de multa por temeridad y mala fe en su actuación, solicitada por ASIME, dado que la interposición de un incidente de ejecución no es ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 58.2 de la LCSP. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 33/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite cualificado:exclusión. Cuentas anuales, depósito:exigencia a una asociación. Estudio de su naturaleza jurídica. Pliegos consentidos. Conforme al artículo 2 de la LCSP, nada tiene que ver el interés lucrativo con la onerosidad de los contratos públicos. El contrato administrativo, no implica necesariamente la existencia de una finalidad de lucro por las partes contratantes, sino solamente su carácter oneroso. La onerosidad del contrato no exige ni tan siquiera la existencia de una contraprestación monetaria, sino que ésta puede ir ligada a cualquier ventaja o contraprestación a favor del contratista, identificada con todo tipo de obligación asumida por el poder adjudicador como contrapartida por la realización de una determinada prestación. Doctrina sobre la posibilidad de la inscripción de una asociación en el Registro mercantil que no obligatoriedad. Allanamiento parcial del órgano de contratación respecto a la insuficiencia del bastanteo. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 195/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Ni la mesa de contratación ni la entidad contratante identifican la posible existencia de ofertas incursas en presunción de anormalidad a pesar de ser de aplicación el artículo 149.2.a) de la LCSP. Anulación del acto impugnado para que se retrotraigan las actuaciones y se proceda por la mesa de contratación a identificar la proposición de la entidad adjudicataria como incursa, inicialmente, en baja anormal o desproporcionada. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 179/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Falta de legitimación: pretensión de la entidad recurrente consiste en que se excluya el resto de licitadoras por incumplimiento de los requisitos de los pliegos, y por adelantar información de los criterios automáticos en los criterios evaluables mediante juicios de valor. No onstante no impugna su exclusión, algo que además no puede realizarlo pues ya se encuentra cerrada en vía de recurso especial esta posibilidad, pues el Tribunal ya se pronunció al respecto en su resolución 124/2024, de 22 de marzo. No consta además tampoco que se haya interpuesto recurso contencioso administrativo contra dicha resolución.Antecedentes de doctrina Resolución 226/2022, de 8 de abril.Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 194/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
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