Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
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- Adjudicación. Reiteración de un recurso interpuesto previamente contra la exclusión en el procedimiento de adjudicación. Ambas posibilidades de impugnación no son acumulativas, sino que tienen carácter subsidiario. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 212/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. Oferta económica: importe correspondiente a una anualidad del contrato. Una simple operación aritmética permite determinar la cuantía total ofertada. Doctrina de los Tribunales administrativos: las consecuencias excluyentes del artículo 84 del RGLCAP deben limitarse a aquellos casos en los que el error del que adolece la proposición del licitador no es salvable mediante la lectura de la propia oferta. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 152/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. Oscuridad en las cláusulas de un pliego. Se acredita incumplimiento de la propuesta económica de la recurrente de los requisitos establecidos en el PCAP para su presentación. No se aprecia temeridad o mala fe en la interposición del recurso. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 180/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Motivación insuficiente para la interposición de un recurso fundado que afecta parcialmente al informe técnico sobre valoración de las ofertas. Estimación parcial.Fecha:Número de recurso: Recurso 175/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
- Adjudicación. Legitimación de las empresas integrantes de una UTE. Introducción en el sobre de documentación sobre a criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor de información relativa al sobre sobre criterios de evaluación automática. Vulneración del secreto de la oferta. Quiebra de las garantías de objetividad e imparcialidad en el proceso de valoración de las ofertas. Infracción del artículo 150.2 del TRLCSP. El pliego es la ley entre las partes. Cuando el órgano de contratación en los pliegos o en los documentos que rigen la licitación define las condiciones que pretende imponer a las entidades licitadoras, se autolimita en el ejercicio de su facultad de apreciación y no puede ya apartarse de las condiciones que de este modo ha definido con respecto a cualquiera de las licitadoras sin vulnerar el principio de igualdad de trato entre las mismas. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 156/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. La recurrente alega incumplimiento por parte de la adjudicataria de determinada exigencia del pliego de cláusulas administrativas particulares: no se aprecia. Los pliegos son la ley del contrato entre las partes. Cuando el órgano de contratación en los pliegos o en los documentos que rigen la licitación define las condiciones que pretende imponer a las entidades licitadoras, se autolimita en el ejercicio de su facultad de apreciación y no puede ya apartarse de las condiciones que de este modo ha definido con respecto a cualquiera de las licitadoras sin vulnerar el principio de igualdad de trato entre las mismas. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 166/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Infracción de las normas del procedimiento de adjudicación: no se aprecia. Falta de motivación de la resolución de adjudicación: acceso al expediente. Si la infracción formal del deber de motivación previsto en el artículo 151.4 del TRLCSP no ha impedido a la recurrente la interposición de un recurso fundado, no cabe alegar indefensión material. Motivación suficiente del informe técnico sobre valoración de las ofertas con arreglo a criterios sujetos a juicio de valor. Impugnación indirecta de los criterios de adjudicación establecidos en el PCAP: no procede. Sentencia del TJUE, de 12 de marzo de 2015, asunto C-538/13 Evigilo. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 158/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. El Ayuntamiento tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 221/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. El Ayuntamiento tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 215/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Acto de trámite. Acta de la mesa de contratación por la que se acuerda la admisión de la oferta de la recurrente y de la adjudicataria, previamente incursa en baja anormal o desproporcionada. Inadmisión por extemporaneidad.Fecha:Número de recurso: Recurso 183/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
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