Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
6403 recursos disponibles
- Desistimiento del procedimiento de adjudicación por parte del órgano de contratación. Interposición del recurso fuera del plazo legal. Extemporaneidad. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 102/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. El Ayuntamiento tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 208/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Pliegos. Inadmisión al haberse interpuesto el recurso fuera del plazo legalmente establecido. Inadmisión por extemporaneidad.Fecha:Número de recurso: Recurso 194/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas. Legitimación no licitadores. Presupuesto de licitación por debajo de los costes salariales del convenio colectivo en vigor. No queda acreditada la insuficiencia del presupuesto base de licitación. DesestimaciónFecha:Número de recurso: Recurso 181/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. Confidencialidad de las ofertas: interés legítimo para comprobar o verificar una actuación del poder adjudicador; artículo 52 de la LCSP. Exclusión por incumplimiento de determinada exigencia contenida en un criterio de valoración automático: no se aprecia tal incumplimiento. Contenido del acta de la mesa de contratación: artículo 87.3 del RGLCAP. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 160/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: OtrosTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. Prácticas colusorias: no corresponde a los órganos de resolución de recursos contractuales el conocimiento de las supuestas infracciones de la legislación de defensa de la competencia, sin perjuicio de su deber de notificar a la Comisión Nacional de la Competencia cualesquiera hechos de los que tengan conocimiento. Infracción del principio de proposición única (145.3 del TRLCSP): presentación de oferta variante encubierta. No se aprecia. Oferta que supera el límite máximo de mejora previsto en el PCAP como criterio de evaluación automática: la solución más adecuada al interés público, así como a los principios de proporcionalidad y de adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa impone valorar la oferta hasta el límite máximo previsto en el PCAP, sin tomar en consideración el exceso a efectos de valoración, sin perjuicio de que dicho exceso, al integrarse en la oferta, pueda y deba ser exigido por la Administración al contratista. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 182/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. Contrato de Obras .Al ser el valor estimado del contrato que nos ocupa, inferior a la cuantía establecida en el 44 1.a) de la LCSP,no es susceptible de recurso especial en materia de contratación. InadmisiónFecha:Número de recurso: Recurso 202/018Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. Oferta con valores anormales o desproporcionados. No es posible inferir, como pretende la recurrente, que la justificación de la empresa adjudicataria deba basarse en el convenio colectivo de ocio educativo y animación sociocultural. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica: no se aprecia error material, arbitrariedad ni falta de motivación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 144/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Oferta con valores anormales o desproporcionados. No es posible inferir, como pretende la recurrente, que la justificación de la empresa adjudicataria deba basarse en el convenio colectivo de ocio educativo y animación sociocultural. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica: no se aprecia error material, arbitrariedad ni falta de motivación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 136/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Alegación relativa al Incumplimiento del PPT por parte de la oferta de la entidad adjudicataria. Juicio técnico paralelo o valoración alternativa al del órgano evaluador de las ofertas. No se acredita que se hayan superado los límites de la discrecionalidad técnica: no se aprecia error material, arbitrariedad ni falta de motivación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 154/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
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