Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
6369 recursos disponibles
- Exclusión. No procedencia de un segundo plazo de subsanación. Subsanación de la documentación con la interposición del recurso. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 29/2016Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión conocida a través de la resolución de adjudicación. Inclusión de excepciones técnicas al PPT contrarias al artículo 145 del TRLCSP. No cabe subsanación o aclaración. Doctrina sobre la interpretación y aplicación del PPT: el incumplimiento determinante de exclusión debe suponer la imposibilidad de la adecuada ejecución del objeto del contrato. La pretensión de revisión del PPT resulta extemporánea en este momento procedimental, no concurriendo los requisitos de nulidad radical que pudieran justificarla. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 18/2016Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. Oferta que supera el presupuesto de licitación: error de la recurrente en el cómputo del número de visitas obligatorias de mantenimiento preventivo en los postes de parada durante los dos años de vigencia del contrato. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 17/2016Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Anuncio y Pliegos. Legitimación de las asociaciones sindicales para la interposición del recurso especial, no se contempla interés legítimo del sindicato en defensa de los derechos de los licitadores. Recalificación del contrato de gestión de servicio público. La remisión del recurso al órgano de contratación suple el anuncio del interposición del mismo como requisito de admisión. Las pretensiones de la recurrente quedan fuera del ámbito competencial de este Tribunal. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 19/2016Tipo de contrato: Concesión de Servicio – G.S.P.Acto recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Discrecionalidad técnica del órgano de contratación en la valoración de los criterios sujetos a un juicio de valor. No se ha producido error en la valoración. No se han superado los límites de la discrecionalidad. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 14/2016Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Pliegos. Ayuntamiento que tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Artículo 10.1 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 45/2016Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Pliego de prescripciones técnicas. Competencia del Tribunal para conocer del recurso especial. Acumulación de recursos en la resolución. Legitimación no licitadores. Reconocimiento de la pretensión del recurrente por el órgano de contratación. Allanamiento que no supone infracción manifiesta del ordenamiento jurídico. Solvencia técnica: improcedencia de exigir veinte años de experiencia y ha de serla del empresario licitador, no del fabricante suministrador. Improcedencia del arraigo territorial como requisito de solvencia o como criterio de adjudicación, salvo razones imperiosas de interés general. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 10/2016Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. Discrecionalidad técnica del órgano de contratación en la valoración de los criterios sujetos a un juicio de valor. No se ha producido error en la valoración. No se han superado los límites de la discrecionalidad. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso Recurso 15/2016Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión, propuesta de adjudicación, solicitud de informe técnico aclaratorio de los pliegos y el informe técnico emitido. Inadmisión del recurso en cuanto a la propuesta de adjudicación, a la solicitud del informe y al informe técnico emitido. El órgano de contratación no puede excluir a un licitador por la mera sospecha de que pueda incumplir los plazos de ejecución del contrato. La interpretación de las cláusulas oscuras de los pliegos nunca puede resultar restrictiva para los licitadores, pues no son responsables de su redacción, ni pueden suponer la introducción de nuevos requisitos no exigidos en los pliegos. No se aprecia indefensión a la vista de que la recurrente ha interpuesto recurso suficientemente fundado. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 290/2015Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación
- Adjudicación. Valoración de las mejoras sujetas a juicios de valor. Discrecionalidad técnica. Falta de motivación de la resolución de adjudicación. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 1/2016Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
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