Monografías de Temas Laborales, nº 2. Régimen Jurídico de la Pensión de Viudedad
Información general
Resumen de la publicación
En sus orígenes la pensión de viudedad trataba de subvenir la situación de necesidad en la que quedaba la mujer tras la muerte del cónyuge del que dependían económicamente. Se basaba, por tanto, en la consideración del hombre como cabeza de familia y sostén económico de ésta y en una inferioridad de la mujer que práticamente pasaba de la tutela paterna a la marital.
En la actualidad, es evidente que la realidad social ha experimentado un profundo cambio y la mujer se encuentra en una situación de igualdad con respecto al hombre. Ante estas notables y vertiginosas modificaciones económico-sociales, el legislador ha mostrado cierta pasividad, y así llama la atención que el régimen jurídico de esta pensión haya quedado al margen de las grandes reformas del sistema, lo cual ha provocado, sin lugar a dudas, graves disfuncionalidades y un alejamiento de la pensión de viudedad de la dinámica común del resto de las pensiones, incluso de la lógica contributiva que informa esta prestación. Recientemente, el tema cobra actualidad ya que se ha reformado parcialmente el régimen jurídico de esta pensión. No obstante, se evidencia la ausencia de una orientación o línea directriz, que tenga presente la nueva realidad social, de tal forma que se redefina el papel que desempeña en la actualidad la pensión de viudedad, y se aborden definitivamente los problemas de fondo de la pensión.
La consejería