Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Pliegos. El establecimiento de unas prescripciones técnicas tan exhaustivas para describir los bienes que constituyen el objeto del contrato debería contar con una justificación concreta, rigurosa y suficiente en el expediente de contratación, y ello por su efecto restrictivo de la concurrencia. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 39/2024Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónPliegos. Legitimación no licitadora. La ausencia por parte del órgano de contratación de alegación alguna en uno de los motivos del recurso que en cierta forma pudiese desvirtuar las denuncias vertidas en el escrito de impugnación sustrae a este Tribunal en su análisis de los argumentos de oposición al recurso. Fórmula de valoración de la oferta económica que no necesariamente otorga cero puntos a propuestas que van al tipo de licitación y que en determinadas situaciones puede otorgar cero puntos de forma indiscriminada. En la determinación del período de recuperación de la inversión ha de considerarse el beneficio sobre el capital invertido no el industrial. Artículo 10 RD 55/2017. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 58/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Cuantía. 44.6 LCSP. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 67/2024Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónPliegos. El establecimiento de unas prescripciones técnicas tan exhaustivas para describir los bienes que constituyen el objeto del contrato debería contar con una justificación concreta, rigurosa y suficiente en el expediente de contratación, y ello por su efecto restrictivo de la concurrencia. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 48/2024Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. La inclusión, en el sobre 2, de documentación que debió incluirse en el sobre 3, vulnera el carácter secreto de la oferta, y las garantías de imparcialidad y objetividad en la valoración de las ofertas que preservan los preceptos legales y reglamentarios y es contrario a las previsiones del PCAP, por lo que la exclusión acordada por la mesa por este motivo es conforme a Derecho. Falta de legitimación sobrevenida respecto al resto de motivos del recurso. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 52/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Valoración de las ofertas con arreglo a un criterio de evaluación automática: la literalidad del PCAP no alberga dudas sobre qué anexo del mismo debe tenerse en cuenta para la valoración de las ofertas con arreglo al criterio. Valoración de las ofertas con arreglo a un criterio sujeto a juicio de valor: principio de discrecionalidad técnica. No se han superado sus límites. Error en la suma total de puntos que no afecta a la clasificación final de las ofertas, ni, por tanto, altera la adjudicación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 34/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite: no cualificado. Informe de valoración. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 64/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite: no cualificado. Informe de valoración. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 62/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite. Inadmisión contrato no susceptible de recurso. RDL3/2020 sectores especiales excluidos. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 53/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónExclusión. Oferta anormal o desproporcionada. Principio pro actione: exclusión de la mesa de contratación posteriormente convalidado de forma tácita por el órgano competente. Discrecionalidad técnica en la determinación de si una oferta, incursa inicialmente en baja anormal o desproporcionada, está o no justificada su viabilidad. No se acredita que se hayan superado sus límites. Motivación suficiente. Artículos 215.4 y 201 de la LCSP. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 35/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
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