Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Acto de trámite cualificado:exclusión. Solvencia. UTE:los pliegos exigen una participación superior al 50% de las entidadesa clasificadas en la UTE.Sobre la subsanación:no procede cuando la declaración realizada es correcta.El TJUE, en su sentencia de 10 de octubre de 2013 admitió la posibilidad de que el órgano administrativo de contratación rechace que el contrato de obra sea ejecutado por una UTE a pesar de que se acumule la solvencia. En aplicación de esta doctrina, consideramos proporcionada la redacción del PCAP, porque no exige que sea una única entidad la clasificada la que deba alcanzar ese 50 por ciento de participación en la UTE. El PCAP permite que sea una, dos, tres o todas aquellas que sean necesarias para que, acumuladamente se acredite que al menos el 50 % de las clasificadas participen en la UTE. Resolución 138/2020, de 23 de octubre, del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi: no puede subsanarse la incompatibilidad entre el contenido de un documento y los términos exigidos en los pliegos, ya que no se trata de un defecto del documento que le impide acreditar suficientemente un requisito, sino, por el contrario, de la acreditación de que dicho requisito no se satisface:su aquietamiento ante la facultad que le otorga el art. 69.8 de la LCSP no puede suponerle al órgano de contratación la obligación de solicitarle subsanación. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 50/2024Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite cualificado:acto derivado de la adjudicación:imposición de penalidad.150.2 y 158 LCSP. La adjudicación, se ha dilatado en el tiempo, pero no por ello el plazo señalado en el Anexo del PCAP no dejaba de ser conocido. La entidad recurrente no puede negar que pudo conocer el contenido del Anexo I. El plazo de seis meses es un período prolongado, y es indudable que el escenario puede cambiar trascendentalmente, pero esto lo conocían todos los licitadores que concurrieron. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 49/2024Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Cuantía. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 51/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Fondos europeos. Preferencia tramitación. Inadmisión. Extemporáneo
Fecha:Número de recurso: Recurso 44/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. La recurrente pretende la exclusión de la adjudicataria de la agrupación nº 2 por el incumplimiento de las prescripciones técnicas relativas a la presentación de muestras, al no incluir en la etiqueta identificativa la referencia del fabricante. Examen por el Tribunal: la documentación técnica revisada identificaba perfectamente la referencia del fabricante con una pegatina inserta en las bolsas donde se presentaron las muestras, de donde se desprende que no puede apreciarse un incumplimiento claro y expreso del PPT determinante de la exclusión con arreglo a la doctrina del Tribunal sobre dicha cuestión. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 43/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite cualificado. Admisión de ofertas. No se presentó oferta para el lote que recurre. Falta de legitimación. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 45/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónActo de trámite cualificado: exclusión. No existe obligación formal de notificar el acuerdo de exclusión separadamente , art.151.2 LCSP. Remisión tardía del recurso que entró en el órgano de contratación. Sobre la anticipación de información del sobre 3 cuando existe sobre 2, relativo a los criterios de adjudicación valorables mediante juicio de valor: test de proporcionalidad. Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sentencia nº 523/2022, de 4 de mayo. Multa: temeridad. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 29/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite cualificado: Exclusión. No existe obligación formal de notificar el acuerdo de exclusión separadamente , art.151.2 LCSP. Remisión tardía del recurso que entró en el órgano de contratación. Sobre la anticipación de información del sobre 3 cuando existe sobre 2, relativo a los criterios de adjudicación valorables mediante juicio de valor: test de proporcionalidad. Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sentencia nº 523/2022, de 4 de mayo. Multa: temeridad. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 29/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAnuncio de licitación y pliegos. Legitimación del Colegio: estatutos atribuye la facultad a otro órgano distinto del presidente: falta de subsanación en plazo. Desistimiento
Fecha:Número de recurso: Recurso 37/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesistimientoActo de trámite. Cuantía. Desestimación e Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 47/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
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